Trabajando bajo estrictas medidas de higiene, salud y seguridad ocupacional

Para afrontar la pandemia, el Gobierno ha tomado ciertas medidas que cambian la forma en la que trabajamos. Ante esto, las autoridades han sido más exigentes en cuanto a la higiene, y protocolos de salud y seguridad ocupacional utilizados por los diferentes sectores de la industria y la economía; exigiéndole a todas las empresas que estén operando que cumplan, entre otras, con estrictas medidas:

    • Facilitar gel antibacterial a todos los empleados;
    • Exigir el uso de la mascarilla;
    • Asegurar servicios sanitarios para todos los empleados;
    • Brindar información a los empleados sobre las posibles enfermedades a las que están expuestos y formas de prevención del contagio;
    • Facilitar servicios de salud en las instalaciones de trabajo y atención médica necesaria de conformidad con protocolos autorizados por el Gobierno;
    • Brindar información a los empleados protocolos de comunicación en caso de emergencia, incluyendo contactos y líneas telefónicas institucionales y gubernamentales para solución de dudas e información, reportes y auxilio;
    • Disponer de listado de empleados, con direcciones y teléfonos en caso de emergencia;
    • Establecer todas las medidas necesarias para proteger la salud y seguridad de los trabajadores, estableciendo parámetros y en cumplimiento con la Salud y Seguridad Ocupacional;

A muchos empresarios les surge la duda sobre cuánto tiempo serán exigidas estas medidas de salud y seguridad ocupacional. Claramente, éstas serán requeridas con especial atención de las autoridades, mientras dure la pandemia, el Estado de Calamidad y, en consecuencia, el riesgo de contagio de COVID-19. Sin embargo, estas medidas se han regulado desde hace más de 10 años, haciéndose tangibles a través de la legislación vigente, especialmente mediante el Acuerdo Gubernativo 229-2014 que obliga tanto al Ministerio de Trabajo y Previsión Social, como al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social a supervisar el cumplimiento de esta normativa. 

Adicionalmente, el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social cuenta también con un Reglamento General sobre Higiene y Seguridad en el Trabajo que todo patrono y trabajador deberá cumplir. 

Es importante tener claro también que, adicional a las medidas establecidas anteriormente, la legislación regula acciones más específicas que deberán tomar en cuenta los empresarios de ahora en adelante. 

Share on facebook
Facebook
Share on twitter
Twitter
Share on linkedin
LinkedIn
Share on whatsapp
WhatsApp
Share on email
Email

Para más información, comunicarse al PBX: 2366-5689 o al correo electrónico katiadewit@legaltdw.com.

Cómo identificar la Violencia Doméstica y la incidencia de ésta en el Ámbito Laboral

Para prevenir que la empresa tenga responsabilidad laboral en virtud de casos de violencia doméstica, se debe contar con un protocolo de ayuda a los colaboradores. Éste, debe incluir la capacitación y la identificación de signos o señales de abuso o violencia (red flags), por lo que les proporcionamos algunas herramientas para identificar el riesgo tanto en trabajo remoto como en trabajo presencial.

Leer Más »

Evaluaciones en los procesos de Violencia Psicológica

Según últimos datos oficiales, 57 de cada 10,000 mujeres son agraviadas por violencia contra la mujer, de los cuales 21 mujeres, manifestaron que la violencia era psicológica y únicamente el 3% de los hombres denunciados por violencia psicológica son condenados.

Leer Más »